Resolución N° 113/21/0113
Nro de Expediente:
2021-3380-98-000329
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/11/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis ) y otra de U.R 20 (Unidades Reajustables veinte) al señor Walter Ayala, CI: 1.633.988-9 , propietario del establecimiento destinado a panificadora sito en la calle Alejandro Fiol de Pereda Nº 1268/72 por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas - SIME, Regulación Alimentaria) y Declaración Jurada de Residuos No Domiciliarios

Montevideo, 24 de Noviembre de 2021.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Alejandro Fiol de Pereda Nº 1268/72 , propiedad del señor Walter Ayala , CI: 1.633.988-9, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 16 informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas - SIME, Regulación Alimentaria) y Declaración Jurada de Residuos No Domiciliarios, solicita imponer una multa de U.R. 6 según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; y otra de U.R 20, dispuesto en el Inc. III del Art. 2 del Decreto Nº 35337 de la Junta Departamental.
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis ) y otra de U.R 20 (Unidades Reajustables veinte) al señor Walter Ayala, CI: 1.633.988-9 , propietario del establecimiento destinado a panificadora sito en la calle Alejandro Fiol de Pereda Nº 1268/72 , con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.16 para notificar a la firma infractora
Jorge Cabrera,Alcalde.-

Margarita Castro,Concejala