Resolución N° 21/16/0113 | Nro de Expediente:
3370-000050-16 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
27/1/2016 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS
Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 y U.R. 10 Mercedes Sosa, C.I.: 4.252.274-1, peluquería, sito en Av. Gral. San Martín Nº 3555 SEGUNDA REINCIDENCIA
Montevideo, 27 de Enero de 2016.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a peluquería, sito en Av. Gral. San Martín Nº 3555, propiedad de la firma unipersonal Mercedes Sosa, C.I.: 4.252.274-1, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (resoluciones Nros. 129/15/0113 de fecha 15/IV/2014 y 285/15/0113 de fecha 22/VII/2015), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitación municipal (Declaración Jurada-Microempresa) y de la Dirección Nacional de Bomberos, (Primera Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6 y otra de U.R. 10, a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84 (Primera Reincidencia);
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades reajustables diez) a la firma unipersonal Mercedes Sosa, C.I.: 4.252.274-1, responsable del establecimiento destinado a peluquería, sito en Av. Gral. San Martín Nº 3555, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, para notificar a la empresa infractora y al Sector Despacho de este Municipio, para librar testimonio correspondiente.- |
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Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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