Resolución N° 15/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3380-98-000022; 3380-002246-16.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/1/2017


Tema:
MULTA POR HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 20 a la Sra Adriana Molina, C.I: 3.604.578-9, por humedades y filtraciones provenientes del padrón Nº 54328 ubicado en la calle Ricaurte Nº 924 bis.-

Montevideo, 25 de Enero de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades provenientes de la vivienda sita en la calle Ricaurte Nº 924 bis , padrón Nº 54328, responsabilidad de la Sra. Adriana Molina, CI: 3.604.578-9, domiciliada a los efectos legales en Cno Sanguinetti Nº 3725;
RESULTANDO: 1o) que en inspecciòn profesional realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, mediante expediente 2016-3380-98-000022 (foja Nº 14 - expediente SEM), se comprobò filtraciones que provenìan de la finca mencionada y afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Ricaurte Nº 924, padrón Nº 54328;
2o) que se intimò al responsable a realizar los trabajos necesarios en su finca a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones a la vivienda mencionada;
3o) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicaciòn de una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a el titular de obrados, por infracciòn a lo dispuesto en Artìculo 3, numeral 12, Inciso A, secciòn II del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte), a la Sra Adriana Molina, CI: 3.604.578-9, responsable de la vivienda sita en la calle Ricaurte Nº 924 bis, padrón Nº 54328, domiciliada a los efectos legales en Cno Sanguinetti Nº 3725, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resoluciòn.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - a su orden - al Sector Despacho de este Municipio para su correspondiente notificaciòn y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Carlos Curbelo,Concejal