Resolución N° 145/21/0113 | Nro de Expediente:
2021-3380-98-000528 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
29/12/2021 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar a la firma AMARANTE BRAÑAS DIEGO ADRIAN Y JAUME CANEIRO GABRIEL, RUT: 218830920019, responsable del establecimiento destinado a Pizzería, sito en la calle Av. Joaquín Suárez Nº 3289, una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres) por falta de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación - Sector Locales Comerciales e Industriales). Expediente: 2021-3380-98-000528.-
Montevideo, 29 de Diciembre de 2021.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Pizzería, sito en la calle Av. Joaquín Suárez Nº 3289, propiedad de la firma AMARANTE BRAÑAS DIEGO ADRIAN Y JAUME CANEIRO GABRIEL, RUT: 218830920019, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 16 informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 ;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2021-3380-98-000325, se cumplió con el procedimiento administrativo y no así la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar a la firma AMARANTE BRAÑAS DIEGO ADRIAN Y JAUME CANEIRO GABRIEL, RUT: 218830920019, responsable del establecimiento destinado a Pizzería, sito en la calle Av. Joaquín Suárez Nº 3289, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres) por falta de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación - Sector Locales Comerciales e Industriales) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 16.- |
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Jorge Cabrera,Alcalde.-
Margarita Castro,Concejala | |
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