Resolución N° 167/23/0113
Nro de Expediente:
2021-0554-98-000041.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/9/2023


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 40 (Unidades Reajustables cuarenta) al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), RUT: 212226480018, con domicilio a los efectos legales en la calle Rincón Nº 561.-

Montevideo, 6 de Setiembre de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la demolición llevada a cabo en el Padrón Nº 56.368 sito en la calle San Ramón Nº 830; responsabilidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P), RUT: 212226480018, con domicilio a los efectos legales en la calle Rincón Nº 561;
    RESULTANDO: 1º) que pese a los plazos concedidos y a las intimaciones realizadas el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 informó que no se encontró antecedentes de regularización de Permiso de Demolición;
    2º) que ante el incumplimiento se solicita la aplicación de una multa de U.R. 40 (Unidades Reajustables cuarenta) al titular de obrados por infracción a lo establecido en la Sección XIII, Artículo 15, Inciso B, Numeral 3 del Decreto Departamental Nº 21626 de fecha 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas Departamentales;
    2º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 40 (Unidades Reajustables cuarenta) al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P), RUT: 212226480018, con domicilio a los efectos legales en la calle Rincón Nº 561, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala