Resolución N° 184/24/0112
Nro de Expediente:
2023-0012-98-000435
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/4/2024


Tema:
MODIFICAR RESOLUCION

Resumen:
Modificar la Resolución Nº 491/23/0112, de fecha 20 de diciembre de 2023, en la que se aprueba el convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración

Montevideo, 30 de Abril de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el convenio suscrito con la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración (en adelante FCEA);
    RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 491/23/0112, de fecha 20 de diciembre de 2023 se aprobó el convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración;
    2º) que con fecha 27/12/2023 se comunica la Sra. Inés Kent, en repreresentación de la FCEA solicitando un tiempo prudente para realizar cambios en la letra del convenio. Con fecha 21/02/2024 se comunica nuevamente a efectos de realizar los siguientes cambios, por lo que en el RESUELVE, en el punto 1.- donde se encuentra la letra del CONVENIO, en el punto CUARTO - FORMA DE PAGO donde dice "El Municipio B transferirá el monto acordado en dos partidas, una a la firma del convenio y otra luego de pasados seis meses del funcionamiento del espacio", debe decir "El Municipio B transferirá el monto acordado en dos partidas, el 50% a la firma del convenio y el otro 50% transcurridos los seis meses de la firma del convenio" y en el punto SÉPTIMO - CONFIDENCIALIDAD donde dice "Durante la vigencia de este convenio las Partes podrán potencialmente acceder a la información confidencial sobre dichas instituciones, información personal de sus miembros, empleados, investigadores, beneficiarios, así como la información confidencial sobre cursos, proyectos, informes, o similares. En este contexto, las partes se comprometen a no divulgar, en forma total o parcial, información que expresamente se indique o clasifique como confidencial, sin la aprobación previa de la otra parte. Asimismo las partes se obligan a cumplir con la normativa vigente referente a protección de datos personales en función de los términos en los que funciona el espacio de recreación y cuidados de FCEA", debe decir "Durante la vigencia de este convenio las Partes podrán potencialmente acceder a la información confidencial sobre dichas instituciones, información personal de sus miembros, empleados, investigadores, beneficiarios, así como la información confidencial sobre cursos, proyectos, informes, o similares. En este contexto, las partes se comprometen a no divulgar, en forma total o parcial, información que expresamente se indique o clasifique como confidencial, sin la aprobación previa de la otra parte. No será considerada información confidencial aquella: a) que la Parte Receptora pueda probar fehacientemente que obraba ya en su poder con anterioridad a serle comunicada por la Parte Emisora; b) que sea de dominio público, siempre que ello no resulte de una acción u omisión de la Parte Receptora; c) que la Parte Receptora puede probar fehacientemente que le fue suministrada por un tercero que no se encontraba obligado mantenerla bajo secreto y confidencialidad; d) que se haya tenido conocimiento de forma previa a la firma de este acuerdo o por razones ajenas a su ejecución; e) que la Parte Receptora pueda probar fehacientemente que fue generada independientemente, sin relación a cualquier información facilitada anteriormente por la Parte Emisora; f) que deba ser revelada en casos en los que existe la obligación jurídica de informar o se encuentre amparada en el artículo segundo de la Ley Orgánica de la Universidad de la República, o deba ser develada por mandato judicial de autoridad legal competente. Asimismo, el presente convenio y su procedimiento de aprobación por cada Parte no será considerado como información confidencial. Asimismo las partes se obligan a cumplir con la normativa nacional vigente referente a tratamiento, manejo y protección de datos personales (Ley Nro. 18.331 y demás norrmas modificativas, concordantes y reglamentarias) en el marco de las actividades previstas en el presente convenio." y mantener firmes en todos los demás términos la resolución;
    CONSIDERANDO: 1º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Modificar la Resolución Nº 491/23/0112, de fecha 20 de diciembre de 2023, en la que se aprueba el convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Dejar sin efecto la Resolución Nº 26/24/0112 de fecha 15/01/2024 por no corresponder.
    3.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal