Resolución N° 145/23/0112
Nro de Expediente:
2021-3220-98-000254
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/5/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en Florida Nº 1203/202, Padrón Nº 5720/202

Montevideo, 2 de Mayo de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sito en Canelones Nº 791, Unidad 202;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 06/08/2021 se realizó inspección en la calle Canelones Nº 791 Unidad 202, constatando al ingreso de la misma, una mancha activa de humedad localizada en un sector de la pared medianera con el padrón Nº 5720, la misma habría comenzado hace tres meses y continua en crecimiento. Posteriormente se ingresa al apartamento 003 de la finca sito en la calle Florida Nº 1203 padrón Nº 5720, observando que en uno de sus baños hay manchas de humedad y presencia de hongos activa, los cuales coinciden con el sector afectado de la finca perjudicada y en la misma proporción, por lo que se intimó al propietario del padrón Nº 5720, se sirva realizar los trabajos necesarios tendientes a eliminar los problemas de filtraciones del padrón Nº 5719 que afectan las condiciones de habitabilidad del mismo;
    b) con fecha 23/06/2022 se realizó nueva inspección en la calle Canelones Nº 791 Unidad 202, constatando que el sector originalmente afectado fue revestido con placas de yeso y que la humedad avanzó hacia las paredes contiguas, por lo que se presume que la humedad sigue activa, por lo que se sugiere aplicar la multa correspondiente;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle Florida Nº 1203 Unidad 202, padrón Nº 5720/202, NAFYLUR S.A., RUT 214 404 700 015, con domicilio a efectos legales en Juncal Nº 1327 Unidad 901, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal