Resolución N° 139/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000178
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/4/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la propietaria del inmueble sito en la Av. Julio María Sosa Nº 2253, padrón Nº 149080, Sra. SARAH ELENA GARCÍA PINTOS JIMÉNEZ, C.I. 4.481.666-7.

Montevideo, 26 de Abril de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la Av. 18 de Julio Nº 1480 Unidad 406;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 08/08/2022 se realizó inspección en la Av. 18 de Julio Nº 2257 Unidad 406, constatando en el cielorraso del baño, la existencia de humedades, frias y húmedas al tacto, la patología se estaría expandiendo por el cielorraso del estar y el corredor de distribución. Las humedades son consistentes, con filtraciones en la instalación del baño de la unidad 506, por lo que suguiere intimar a la propietaria del padrón Nº 908 unidad 506 a realizar prueba hidráulica y manométrica de su baño y en caso de que la misma arrojase perdidas, realizar las reparaciones necesarias a fin de evitar filtraciones a la unidad 406 y solucionar los problemas que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca inspeccionada;
    b) con fecha 19/11/2022 se realizó nueva inspección en la Av. 18 de Julio Nº 1480 unidad 406 constatando que las fitraciones se mantienen activas y las manchas han empeorado, se presume la rotura del desagüe del bidet del baño de la unidad 506, por lo que se suguiere la aplicación de la sanción establecida; del constatando que las manchas de humedad se mantienen activas pero en un proceso de secado, no pudiendo establecerse si es por reparaciones o porque el padrón Nº 149080 se encuentra desocupado. Se presume que el orígen de las humedades detectadas, podría provenir del padrón antes mencionado, por lo que se sugiere aplicar la multa establecida;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la propietaria del inmueble sito en la Av. Julio María Sosa Nº 2253, padrón Nº 149080, Sra. SARAH ELENA GARCÍA PINTOS JIMÉNEZ, C.I. 4.481.666-7,con domicilio a efectos legales en la Av. Gral. Rivera Nº 1930/402, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal