Resolución N° 179/18/0112
Nro de Expediente:
2017-3220-98-000441
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/4/2018


Tema:
MULTA MESAS Y SILLAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3.00, a la firma ROCK BAR LTDA., R.U.T. 217887870012, con domicilio en la calle Canelones Nº 782, con destino gastronomía.-

Montevideo, 12 de Abril de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Canelones No. 782, perteneciente a la empresa ROCK BAR LTDA., R.U.T. 217887870012, con igual domicilio a los efectos legales; RESULTANDO: 1o.) que en relevamiento realizado por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones para la instalación de mesas y sillas con entarimado (deck) en la vía pública, intimándosele a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio, la presentación de los descargos correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3.00 por ocupación de espacio público para la instalación de mesas y sillas con entarimado, por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707, y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3.00 (Unidades Reajustables tres con cero centésimas) a la empresa ROCK BAR LTDA., R.U.T. 217887870012, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Canelones No. 782, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 a efectos de notificar al infractor.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal