Resolución N° 187/11/0112
Nro de Expediente:
3230-000394-08
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/4/2011


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 19.7880 al Sr. Nicolás Oliver, C.I. 3.938.244-3, propietario de la finca ubicada en Fernández Crespo No. 1828 por no haber procedido a la reparación de la instalación sanitaria y realización de pruebas de estanqueidad de la finca.

Montevideo, 28 de Abril de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la finca sita en la calle Dr. Fernández Crespo No. 1828, propiedad del Sr. Nicolás Oliver, C.I. 3.938.244-3;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) que se intimó a realizar las reparaciones necesarias en la finca ubicada en la calle Daniel Fernández Crespo No. 1828 a fin de evitar el pasaje de humedad a la finca sita en la calle Daniel Fernández Crespo No. 1838/1840 y b) se solicita imponer una multa de U.R. 19,7880 según lo que establece el Numeral 12 inciso A del Art. 3o. Sección II del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) al Sr. Nicolás Oliver, C.I. 3.938.244-3, propietario de la finca sita en la calle Daniel Fernández Crespo No. 1828, con domicilio en Camino Carrasco No. 5741, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 para la notificación al infractor y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde .-

Federico Davérède,Concejal Municipal