Resolución N° 160/24/0112
Nro de Expediente:
203-3220-98-000393
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/4/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle Río Branco Nº 1453 Local 001, padrón Nº 5462/001, OVALTEN S.A., RUT 216 543 370 010

Montevideo, 9 de Abril de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Río Negro Nº 1457 Local 002;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 03/08/2023 se realizó inspección en la calle Río Negro Nº 1457 Local 002, constatando que en la pared posterior del local (lindera al local 001, panadería) el denunciante indica que contra el pavimento por la pared se infiltra agua, que logra inundar en parte el local. La pared mencionada se encuentra revestida con enchapado de madera pintada (que se observa hinchada) pero no permite visualizar la altura posible de las filtraciones. Asimismo se observan trapos de piso para contener el agua y la pared se encuentra mojada, no se detectan olores al momento. Posteriormente se ingresa al local de la panadería, el sector donde se identifica la filtración en el local 002, se corresponde con uno de los baños de la panadería, no observando humedades o pérdidas que pudieran ser detectadas a simple vista. Se entiende que la causa más probable de la patología puede provenir de una falla en la instalación sanitaria de la panadería por lo que se intimó al propietario del inmueble sito en la calle Río Branco Nº 1453 Local 001, a realizar los trabajos que correspondan en la instalación sanitaria a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 04/10/2023 se realizó nueva inspección en la calle Río Negro Nº 1457 Local 002, constatando que se mantienen las filtraciones de agua provenientes desde la pared lindera con el local 001. Asimismo la inquilina del local 001 informa que la empresa sanitaria Patrón realizó pruebas donde determinaron que hay una filtración de agua por un descalce del codo de ingreso a la cámara de inspección del caño de bajada que baja por la pared hasta una cámara de 60 x 60, próxima a la pared lindera con el local de Abitab;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle Río Branco Nº 1453 Local 001, padrón Nº 5462/001, OVALTEN S.A., RUT 216 543 370 010, con domicilio a efectos legales en Av. del Libertador Nº 1632/1202, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal