Resolución N° 173/23/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-000762
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/5/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los propietarios del inmueble sito en la calle Javier Barrios Amorin, Nº 1759, Padrón Nº 13.267, Sr. FERNANDO ANDRÉS LÓPEZ ALBACETE y al Sr. FRANCISCO CLAUDIO LÓPEZ ALBACETE.

Montevideo, 11 de Mayo de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Javier Barrios Amorín Nº 1757;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 16/11/2021 se realizó inspección en la calle Javier Barrios Amorín Nº 1757, se trata de un espacio de exposiciones, lindero al padrón Nº 13267, se observa presencia de humedad activa, con englobamiento de pintura; la misma patología se constata en el primer piso del salón. La ubicación de estas manchas coincide con el baño de la finca ubicada en la calle Javier Barrios Amorín Nº 1759, padrón Nº 13267. Hacia el fondo del salón de exposiciones se observa una situación similar a la antes mencionada con escurrimiento de agua, este sector limita con el padrón Nº 13.262 donde se ubica el patio de la unidad. Posteriormente se accede a la finca sita en la calle Javier Barrios Amorín Nº 1759 padrón Nº 13.267, contra la pared hacia el padrón denunciante, se ubica un baño sin revestimiento cerámico, que posee un revoque presumiblemente impermeable; en dicho revoque se observa una fisura en la pared hacia el padrón denunciante, como también se constata que la instalación de abastecimiento es aparente. Se presume que una falla en la impermeabilización de la pared, junto a alguna falla en el abastecimiento y/o desagüe de la bañera, daría orígen a las humedades en ese sector. Las humedades constatadas contra el padrón Nº 13267 se presume que se deben a una falla en la impermeabilización de la pared del baño o una falla en el sistema de abastecimiento y /o desagüe, por lo que se intima al propietario de la finca sita en Javier Barrios Amorín Nº 1759 padrón 13267 a realizar las reparaciones necesarias a fin de solucionar los problemas que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada y presentar ante el Servicio Centro Comunal Nº 1 prueba manométrica y de estanqueidad de las instalaciones del baño;
    b) con fecha 07/07/2022 se realizó nueva inspección en la calle Javier Barrios Amorín Nº 1757, constatando que se han realizado obras en el padrón Nº 13267 ya que uno de los sectores afectados fue reparado y pintado y la patología no ha vuelto a manifestarse. Existe otro sector donde se observa degradación de pintura y revoque, como también húmedo al tacto; esta zona coincide con otra unidad del padrón Nº 13267 con entrada por la calle Javier Barrios Amorín Nº 1763. Por otro lado, se observa al fondo del padrón, que el muro medianero con el padrón Nº 13262 permanece mojado y con signos de escurrimiento de agua. Posteriormente se ingresa a la finca sita en la calle Javier Barrios Amorín Nº 1763 padrón Nº 13267 evidenciando que el estado general de las construcciones es malo, con nulo mantenimiento, también se constata la falta de cañerías del sector de la medianera. Se accede a la azotea donde se observa en los muros medianeros como el cerramiento horizontal, se encuentran en malas condiciones con rajaduras, falta de revoques y casi inexistencia de capa impermeable. Desde la azotea se pudo visualizar las condiciones del sector del padrón Nº 13262 coincidiente con el sector 3 detectando construcciones en desuso adosadas a la medianera con el padrón denunciante y sin mantenimiento. Visto que la situación permanece incambiada, se intima al propietario del padrón Nº 13267 a realizar las tareas necesarias a efectos de evitar el pasaje de humedades desde la azotea y muro medianero;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los propietarios del inmueble sito en la calle Javier Barrios Amorin, Nº 1759, padrón Nº 13.267, Sr. FERNANDO ANDRÉS LÓPEZ ALBACETE, sin más datos y al Sr. FRANCISCO CLAUDIO LÓPEZ ALBACETE, C.I. 1.206.602-4, con domicilio a efectos legales en la calle Javier Barrios Amorín Nº 1763, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal