Resolución N° 156/22/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-000318
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/6/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.3.00 (Unidades Reajustables tres con cero centésimas), al Sr. SEBASTIÁN GRIGERA, C.I. 4.692.827-0, propietario del local comercial empadronado con el Nº 15501/001, sito en la calle Yaro Nº 1269

Montevideo, 17 de Junio de 2022.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con el local comercial empadronado con el Nº 15501/001, sito en la calle Yaro Nº 1269, propiedad del Sr. SEBASTIÁN GRIGERA, C.I. 4.692.827-0;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) en inspección realizada el 02/12/2021, se pudo comprobar el vertimiento de agua servida hacia la vía pública desde el citado local comercial, por lo que se intimó a regularizar la situación;
    b) se solicita imponer una multa de U.R.3.00 (1ª reincidencia), según lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 14, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R.3.00 (Unidades Reajustables tres con cero centésimas), al Sr. SEBASTIÁN GRIGERA, C.I. 4.692.827-0, propietario del local comercial empadronado con el Nº 15501/001, sito en la calle Yaro Nº 1269, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido, en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes en un plazo de 30 (treinta) dias bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones por reincidencia (Art 22 del Decreto 21.626) y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal