Resolución N° 20/22/0117
Nro de Expediente:
2017-3310-98-001213
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/4/2022


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE) como 1º Reincidencia a la Sra. Blanca Rosa Alvarez Santana, C.I.: 1.568.943-1, propietaria de la finca sita en José María Buyo Nº3997 E, padrón Nº 429.531, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13.-

Montevideo, 20 de Abril de 2022.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas a la vía pública desde la finca sita en José María Buyo Nº3997 E, padrón Nº 429.531, propiedad del Sra. Blanca Rosa Alvarez Santana, C.I.: 1.568.943-1;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que por Resolución Nº 138/19/0117 de fecha 2 de octubre de 2019 se le aplico una multa de U.R.10, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13;
        c) el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 solicita imponer una multa por UR 15 por primera reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve de conformidad por unanimidad de presentes;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE) como 1º Reincidencia a la Sra. Blanca Rosa Alvarez Santana, C.I.: 1.568.943-1, propietaria de la finca sita en José María Buyo Nº3997 E, padrón Nº 429.531, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la persona infractora y demás efectos.-
Juan Pedro López,Alcalde del Municipio F.-

Amalia Almeyra,Concejala Municipal