Resolución N° 23/24/0117
Nro de Expediente:
2022-3310-98-000406
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/1/2024


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) por incurrir en vertimientos de aguas servidas a la Sra. María Del Rosario Carbajal C.I.: 3.886.019-7, propietaria de la vivienda sita en Arq. Victor Rabu Nº 7828 bis, padrón 145.007, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto 21626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 24 de Enero de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas desde la vivienda sita en Arq. Víctor Rabú Nº 7828 bis, padrón 145.007 propiedad de Sra. María Del Rosario Carbajal C.I.: 3.886.019-7;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 10 por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto 21626 y Res. 2287/13;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 17 de Enero de 2024 resuelve por unanimidad de conformidad con la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) por incurrir en vertimientos de aguas servidas a la Sra. María Del Rosario Carbajal C.I.: 3.886.019-7, propietaria de la vivienda sita en Arq. Víctor Rabú Nº 7828 bis, padrón 145.007, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto 21626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (Treinta) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, al Municipio F y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la persona infractora y demás efectos.-
Juan Pedro López,Alcalde del Municipio F.-

Katrin Gómez,Concejala Municipal