Resolución N° 170/14/0117
Nro de Expediente:
3310-023281-13
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/10/2014


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.1 ( UNIDADES REAJUSTABLES UNO ) al Sr. Juan Carlos Mirambel Raymond, C.I.: 1.014.776-5 y la Sra. Ramona Gelma Conti Yañeri, C.I.: 1.318.118-6, domiciliados en Emilio Raña Nº 3122, propietarios del predio sito en Albania Nº3655, padrón Nº 137.152/001.-

Montevideo, 22 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de limpieza del predio sito en Albania Nº3655, padrón Nº 137.152/001, propiedad del Sr. Juan Carlos Mirambel Raymond, C.I.: 1.014.776-5 y la Sra. Ramona Gelma Conti Yañeri, C.I.: 1.318.118-6, domiciliados en Emilio Raña Nº 3122;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el terreno de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 1 por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit B, Secc. III del Decreto Nº 21626 y Res. 2287/13;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 22 de octubre de 2014, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.1 ( UNIDADES REAJUSTABLES UNO ) al Sr. Juan Carlos Mirambel Raymond, C.I.: 1.014.776-5 y la Sra. Ramona Gelma Conti Yañeri, C.I.: 1.318.118-6, domiciliados en Emilio Raña Nº 3122, propietarios del predio sito en Albania Nº3655, padrón Nº 137.152/001, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal