Resolución N° 230/12/0117
Nro de Expediente:
3310-004502-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/12/2012


Tema:
MULTAS - VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.4,947 (unidades reajustables, cuatro con novecientas cuarenta y siete diezmilésimas) al Sr. Wagner Colombo, con documento de identidad Nº 1.275.568-9, propietario del Padrón Nº 61901 sito en Andrés Latorre 4896.

Montevideo, 13 de Diciembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado de la vereda ubicada frente al inmueble sito en Andrés Latorre 4896, Padrón Nº 61901, perteneciente al Sr. Wagner Colombo, con documento de identidad Nº 1.275.568-9;

        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó a la responsable a reparar la vereda de su predio, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el Sector Inspectivo solicita la aplicación de una multa de U.R.4,947 (unidades reajustables, cuatro con novecientas cuarenta y siete diezmilésimas) por infracción a lo dispuesto en el Artículo D2213 del Volumen VII del Digesto Municipal;
        3o.) que el Gobierno Municipal F resuelve en su sesión Ordinaria de fecha 13 de Diciembre de 2012, la aplicación de las multas correspondientes;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.4,947 (unidades reajustables, cuatro con novecientas cuarenta y siete diezmilésimas) al Sr. Wagner Colombo, con documento de identidad Nº 1.275.568-9, propietario del Padrón Nº 61901 sito en Andrés Latorre 4896, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal del Municipio F