Resolución N° 55/18/0117
Nro de Expediente:
2016-1251-98-000164
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/6/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (UNIDADES REAJUSTABLES TREINTA) como primera reincidencia a la Sra. Delia Flores Moreira C.I.: 707.907-6, RUT 060.041.460.018, propietaria del establecimiento en infracción destinado a stud, sito en Juan Francisco Santos Nº 5067, padrón Nº 75.376, por falta de habilitaciones del Servicio de Locales Industriales y/o Comerciales, Servicio de Salubridad Pública y Plan de Gestión de Residuos, infracción al Art. 14 Sec. XIII, Núm. 1, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626; del Decreto 34.251 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 6 de Junio de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a stud, sito en Juan Francisco Santos Nº 5067, padrón Nº 75.376, perteneciente a la Sra. Delia Flores Moreira C.I.: 707.907-6, RUT 060.041.460.018;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que mencionado Servicio solicita aplicar una multa de U.R.30 por falta de habilitaciones del Servicio de Locales Industriales y/o Comerciales, Servicio de Salubridad Pública y Plan de Gestión de Residuos, infracción al Art. 14 Sec. XIII, Núm. 1, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626, Decreto 34.251 y Res. 2287/13;
        2o.) que por Resolución Nº 24/17/0117 de fecha 22 de febrero de 2017, se resolvió la aplicación de multa por falta de habilitaciones, por lo que correspondería según informe del Sector Inspectivo aplicar una nueva sanción como primera reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve por unanimidad la aplicación de la multa correspondiente;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 30 (UNIDADES REAJUSTABLES TREINTA) como primera reincidencia a la Sra. Delia Flores Moreira C.I.: 707.907-6, RUT 060.041.460.018, propietaria del establecimiento en infracción destinado a stud, sito en Juan Francisco Santos Nº 5067, padrón Nº 75.376, por falta de habilitaciones del Servicio de Locales Industriales y/o Comerciales, Servicio de Salubridad Pública y Plan de Gestión de Residuos, infracción al Art. 14 Sec. XIII, Núm. 1, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626; del Decreto 34.251 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal