Resolución N° 139/19/0117
Nro de Expediente:
2017-3310-98-000215
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/10/2019


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Anibal Grasso Gómez C.I.: 3.722.972-8, propietario de la finca sita en Barros Arana Nº 4952 padrón Nº 69.434, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13.-

Montevideo, 2 de Octubre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas a la vía pública desde la finca sita en Barros Arana Nº 4952 padrón Nº 69.434, propiedad del Sr. Aníbal Grasso Gómez C.I.: 3.722.972-8;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.10 por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve la aplicación de la multa correspondiente por mayoría de 3 votos a favor y 1 una abstención;;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Aníbal Grasso Gómez C.I.: 3.722.972-8, propietario de la finca sita en Barros Arana Nº 4952 padrón Nº 69.434, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejal Municipal