Resolución N° 102/17/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000897
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/7/2017


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (UNIDADES REAJUSTABLES UNO) a los Sres. Sergio Daniel Rodríguez Segovia C.I.: 3.609.334-4 y Luis Alberto Rodríguez Segovia C.I.: 3.609.333-8, propietarios del padrón Nº 136.072 sito en Alsacia Nº 3876, por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 19 de Julio de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de limpieza del padrón Nº 136.072 sito en Alsacia Nº 3876, propiedad de los Sres. Sergio Daniel Rodríguez Segovia C.I.: 3.609.334-4 y Luis Alberto Rodríguez Segovia C.I.: 3.609.333-8;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 1 por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III del Decreto 21.626 y Res. 2287/13;

        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 19 de julio de 2017, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;





        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (UNIDADES REAJUSTABLES UNO) a los Sres. Sergio Daniel Rodríguez Segovia C.I.: 3.609.334-4 y Luis Alberto Rodríguez Segovia C.I.: 3.609.333-8, propietarios del padrón Nº 136.072 sito en Alsacia Nº 3876, por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a las personas infractoras y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal