Resolución N° 173/15/0117
Nro de Expediente:
3330-007161-14
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/8/2015


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.1 (UNIDADES REAJUSTABLES UNO) al Sr. Alfredo Fabio Cardozo Trías, C.I.: 2.593.006-4, domiciliado a los efectos legales en Miraflores y Diagonal Brasil, Manzana 402, Solar 42, San Luis, Departamento de Canelones, propietario del predio en infracción sito en Cno. Corrales Nº 3286, padrón Nº 413.966.-

Montevideo, 19 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza del predio sito en Cno. Corrales Nº 3286, padrón Nº 413.966 , perteneciente al Sr. Alfredo Fabio Cardozo Trías, C.I.: 2.593.006-4, domiciliado a los efectos legales en Miraflores y Diagonal Brasil, Manzana 402, Solar 42, San Luis, Departamento de Canelones;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 1 por falta de limpieza del predio, por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit B, Secc. III del Decreto 21.626 y Res. 2287/13;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 19 de agosto de 2015 resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.1 (UNIDADES REAJUSTABLES UNO) al Sr. Alfredo Fabio Cardozo Trías, C.I.: 2.593.006-4, domiciliado a los efectos legales en Miraflores y Diagonal Brasil, Manzana 402, Solar 42, San Luis, Departamento de Canelones, propietario del predio en infracción sito en Cno. Corrales Nº 3286, padrón Nº 413.966, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal