Resolución N° 24/18/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000782
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/3/2018


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (UNIDADES REAJUSTABLES OCHO) al Sr. Hilton Silva C.I.: 2.001.262-1 y la Sra. Silvana Cardozo Antunez C.I.: 3.420.303-3; propietarios de la de la vivienda sita en Cno. Gral. Leandro Gómez Nº 7541, padrón Nº 414.664, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 7, Secc II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-

Montevideo, 14 de Marzo de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las irregularidades de los muros frontal y de la zona de retiro de la vivienda sita en Cno. Gral. Leandro Gómez Nº 7541, padrón Nº 414.664, propiedad del Sr. Hilton Silva C.I.: 2.001.262-1 y la Sra. Silvana Cardozo Antunez C.I.: 3.420.303-3;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales realizadas con fecha 03/11/2015 y 30/10/2017 se observo que: a) El cerco divisorio en zona del retiro frontal entre los padrones 404.396 y 414.664 se encuentra construido con bloques de hormigón hasta una altura de 2 mt.; b) El cerco sobre la línea de propiedad se encuentra construido con bloques de hormigón hasta 2.20 mt. y tiene un desarrollo de aproximadamente 7mts. a partir del límite con el padrón 404.396; c) Ambos muros, el frontal y de la zona de retiro son macizos y no se ajustan a la altura y conformación a la normativa departamental Volumen IV Art. D 223.132, condiciones que afectan la habitabilidad del bien;.
        2o.) que se intimó a los propietarios de la vivienda por edictos a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arq. Pedro Vasqué , informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 8 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 7, Secc II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) Que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha por unanimidad, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (UNIDADES REAJUSTABLES OCHO) al Sr. Hilton Silva C.I.: 2.001.262-1 y la Sra. Silvana Cardozo Antunez C.I.: 3.420.303-3; propietarios de la de la vivienda sita en Cno. Gral. Leandro Gómez Nº 7541, padrón Nº 414.664, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 7, Secc II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 para notificación de las personas infractoras y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal