Resolución N° 127/13/0117
Nro de Expediente:
3310-019879-12
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/9/2013


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 2.4735 (unidades reajustables, dos con cuatro mil setecientos treinta y cinco diezmilésimas) al Sra. Elba Fitipaldi, documento de identidad Nº1.112.897-4.

Montevideo, 4 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el falta de conexión as saneamiento de la finca ubicada en la calle Capdehourat Nº 2514, propiedad de la Sra. Elba Fitipaldi, documento de identidad Nº1.112.897-4;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que en reiteradas ocasiones el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arquitecto Pedro Vasqué con fecha 3 de julio de 2013, que luce a fojas 13 de estos obrados, se solicita la aplicación de una multa de U.R 2.4735 (unidades reajustables, dos con cuatro mil setecientas treinta y cinco diezmilésimas) según Decreto Nº 21126, Sección XIII, Art 16, Núm.5.);
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 04 de setiembre de 2013, resuelve la aplicación de la Multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;


        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 2.4735 (unidades reajustables, dos con cuatro mil setecientos treinta y cinco diezmilésimas) al Sra. Elba Fitipaldi, documento de identidad Nº1.112.897-4, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a las personas infractoras y demás efectos.
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal