Resolución N° 176/14/0118
Nro de Expediente:
3350-006013-07
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/11/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONEXIÓN AL SANEAMIENTO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables Diez) por falta de conexión a saneamiento, al Sr. Mario Andrés Amaral Rodríguez C.I:: Nº 1901535, propietario de la finca ubicada en Edison 5490, con domicilio a los efectos legales en Paysandu 1778 Ap 1, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución

Montevideo, 25 de Noviembre de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca ubicada en la calle Edison 5490 perteneciente al Sr. Mario Andrés Amaral Rodríguez C.I:: Nº 1901535, con domicilio a los efectos legales en Paysandu 1778 Ap 1;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Nº 13, intimo al titular de estos obrados, a realizar los trabajos necesarios para la conexión de Saneamiento;
      2º) que ante el incumplimiento a lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables Diez) por falta de conexión a Saneamiento;
      CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales según decreto 21.626 y 31.134;
      2º) que por las competencias asignadas por las Resoluciones Nº.: 3642/10 y Nº.: 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables Diez) por falta de conexión a saneamiento, al Sr. Mario Andrés Amaral Rodríguez C.I:: Nº 1901535, propietario de la finca ubicada en Edison 5490, con domicilio a los efectos legales en Paysandu 1778 Ap 1, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al área de notificaciones de este Municipio, a efectos de realizar la notificación correspondiente, y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13 a fin de realizar los controles posteriores.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL