Resolución N° 133/14/0118
Nro de Expediente:
3350-006043-13
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/9/2014


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa en primera reincidencia de U.R. 7.5 (Unidades Reajustables siete con cinco) al Sr. Sebastián Hebert Sanguinetti Paladino C.I. 4057080-9 y del Sr. Esteban Hugo Sanguinetti Paladino C.I. 4251634-6, por no reparar la vereda frente a Millán 4570, padrón Nº 173543, con domicilio a los efectos legales en Nueva Era Nº 1358.-

Montevideo, 24 de Setiembre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente al padrón Nº 173543, sito en la calle Millán Nº 4570, propiedad del Sr. Sebastián Hebert Sanguinetti Paladino C.I. 4057080-9 y del Sr. Esteban Hugo Sanguinetti Paladino C.I. 4251634-6, con domicilio a los efectos legales en Nueva Era 1358;
        RESULTANDO: 1º.) que el Servicio de Inspección General del Municipio G, intimó según formulario de control de veredas Nº G-CV 1366 al titular de obrados a la reparación de la vereda;
        2º.) que se curso notificación el día 03/09/2014, informando que se aplicaría una multa en primera reincidencia de U.R. 7.5 (unidades Reajustables siete con cinco) por no dar cumplimiento a lo intimado;
        CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2º) las competencia asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL G
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa en primera reincidencia de U.R. 7.5 (Unidades Reajustables siete con cinco) al Sr. Sebastián Hebert Sanguinetti Paladino C.I. 4057080-9 y del Sr. Esteban Hugo Sanguinetti Paladino C.I. 4251634-6, por no reparar la vereda frente a Millán 4570, padrón Nº 173543, con domicilio a los efectos legales en Nueva Era Nº 1358.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente, cumplido pase al Centro Cívico Metropolitano, Sector Inspectivo, .para su control y posterior archivo.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL