Resolución N° 2/14/0118
Nro de Expediente:
3350-003109-11
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/1/2014


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) al Sr. Alberto Nelson Moirano Lombardo C.I. Nº 815.875-6 , propietario del padrón Nº 50806 sito en la calle Luis Moro Nº 4420, por no dar cumplimiento a lo intimado;

Montevideo, 15 de Enero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente al padrón Nº 50806 sito en la calle Luis Moro Nº 4420, perteneciente al Sr. Alberto Nelson Moirano Lombardo C.I. Nº 815.875-6 con domicilio a los efectos legales en Gral Julio Roletti 3284;
        RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 13 intimó según orden de servicio Nº 307416 al titular de obrados a la reparación de la vereda;
        2º.) que se curso notificación el día 26/12/2013, informando que se aplicaría una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco);
        CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2º) las competencia asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL G
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) al Sr. Alberto Nelson Moirano Lombardo C.I. Nº 815.875-6 , propietario del padrón Nº 50806 sito en la calle Luis Moro Nº 4420, por no dar cumplimiento a lo intimado;
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente, cumplido pase al Servicio Centro Comunal Zonal N° 13.para su control y posterior archivo.-
Antonio Correa,ALCALDE (I).-

Daniel Abreu,CONCEJAL