Resolución N° 128/20/0118
Nro de Expediente:
2018-0018-98-000119
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/11/2020


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.25 (Unidades Reajustables veinticinco) por falta de higiene en la finca abandonada sita en Avda. Millán 4744 (padrón 51058) a METICOM S.A RUT 217737870017, con domicilio a los efectos legales en Luis Alberto de Herrera 1367 y a DENEUF S.A R.U.T 213725240010 con domicilio a los efectos legales en Joaquín de la Sagra 2814 .-

Montevideo, 4 de Noviembre de 2020.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene en la finca abandonada sita en Avda. Millán 4744 (padrón 51058) perteneciente a METICOM S.A RUT 217737870017, con domicilio a los efectos legales en Luis Alberto de Herrera 1367 y a DENEUF S.A R.U.T 213725240010 con domicilio a los efectos legales en Joaquín de la Sagra 2814;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Inspección General del Municipio G, intimó a los titulares de estos obrados, a realizar los trabajos necesarios para la limpieza del predio antes mencionado, otorgándole los plazos correspondientes bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicará una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables veinticinco), por falta de higiene según lo establece el Decreto 21626 y 34134;
      2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, el Centro Comunal Zonal 13 solicita la aplicación de la multa estimada;
      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nº 3230/15 de 08/07/2015;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R.25 (Unidades Reajustables veinticinco) por falta de higiene en la finca abandonada sita en Avda. Millán 4744 (padrón 51058) a METICOM S.A RUT 217737870017, con domicilio a los efectos legales en Luis Alberto de Herrera 1367 y a DENEUF S.A R.U.T 213725240010 con domicilio a los efectos legales en Joaquín de la Sagra 2814 .-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en el Servicio de Gestión de Contribuyentes - Multas, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes - Multas y pase por su orden al Despacho de este Municipio para la notificación correspondiente y al Centro Comunal Zonal 13 para su posterior control.-
Mabel Lamadrid, Alcaldesa (I) .-

Bolivar Dutra,Concejal