Resolución N° 187/12/0118
Nro de Expediente:
0018-002009-12
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/11/2012


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACION BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Local Depósitos de garrafas ubicado en la calle Edison Nº.: 5819

Montevideo, 13 de Noviembre de 2012.-
 
Montevideo, 13 de noviembre de 2012.-
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito de garrafas, ubicado en la calle Edison Nº. 5819, Razón Social Sandra Silvera R.U.T. Nº.: 214303900019, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º) que el cuerpo inspectivo intimó según orden de servicio Nº. 2303 de fecha 29 de marzo de 2012, la presentación de las habilitaciones municipales y de bomberos correspondientes;
      2º) que ante el incumplimiento a lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) por carecer de habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos respectivamente;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) que por las competencias asignadas por las Resoluciones Nº.: 3642/10 y Nº.: 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) por carecer de habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos respectivamente, al establecimiento ubicado en la calle Edison Nº. 5819, Razón Social Sandra Silvera R.U.T. Nº.: 214303900019 destinado a depósito de garrafas, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector de Inspección General de este Municipio, a efectos de realizar la notificación correspondiente.-
GASTON SILVA,ALCALDE .-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL