Resolución N° 179/13/0118
Nro de Expediente:
0018-009180-13
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/12/2013


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el siguiente texto del Convenio de Custodia:

POR UNA PARTE: El Gobierno Municipal “ G” representado por el Alcalde Sr Gastón Silva C.I.1.361.913-7 domiciliado en Castro 730. POR OTRA PARTE: los vecinos organizados del realojo de la Cañada Jesús Maria, representados en esta oportunidad por Yolanda Robledo C.I. 1.257.181-7, Integrantes de la Asociación Civil C.E.P.I.D. representados en este acto por Maria Pilar Rodriguez Ferro C.I. 2850101-4, según certificado Notarial que se adjunta


Montevideo, 9 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO : que vecinos organizados del complejo de viviendas del realojo de la Cañada Jesús María, se presentaron en este Municipio Solicitando el apoyo de obra comunitaria, para refaccionar el Salón Comunal antes mencionado,
        RESULTANDO : 1º) que la Mesa de Coordinacion Zonal del barrio Nuevo Paris integradaentre otras organizaciones e instituciones, por el SOCAT CEPID, los vecinos organizados y el Área Social del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13 propone reparar el salón Comunal con el fin de utilizarlo en forma organizada Socat Cepid el Municipio y los vecinos;
        2º) que dicho local será un espacio abierto al uso de los vecinos y no se podrá usar como casa habitación;
        3º) que la construcción de dicho local se realizará con jornadas de trabajo y cuenta con el apoyo de la cuadrilla Brigada Solidaria Agustín Pedrouza perteneciente al SUNCA;
        4º) que el Gobierno Municipal avala las iniciativas que generan un compromiso de los vecinos/as que trabajan hace tiempo nucleados por el SOCAT -CEPID- Nuevo Paris, entendiendo que promueve el desarrollo socio educativo laboral de la zona;
        5ª) que la Asociacion Civil C.E.P.I.D. se compromete a hacerse cargo de los gastos de luz y agua;

        CONSIDERANDO : 1º) que se hace necesario el dictado de resolución para la realización del convenio;
        2º) las competencias asignadas por resoluciones Nº 3642/10 y 3797/10;
        EL ALCALDE DEL MUNICIPIO G
        RESUELVE :
        1.- Aprobar el siguiente texto del Convenio de Custodia:
        En Montevideo el 9 de diciembre de 2013
        POR UNA PARTE: El Gobierno Municipal “ G” representado por el Alcalde Sr Gastón Silva C.I.1.361.913-7 domiciliado en Castro 730. POR OTRA PARTE: los vecinos organizados del realojo de la Cañada Jesús Maria, representados en esta oportunidad por Yolanda Robledo C.I. 1.257.181-7, Integrantes de la Asociación Civil C.E.P.I.D. representados en este acto por Maria Pilar Rodriguez Ferro C.I. 2850101-4, según certificado Notarial que se adjunta, PRIMERO: ANTECEDENTES: A) El salón comunal ubicado en Nuevo París Norte con numero de padrón 53096, entre las calles Confucio, Islas Canarias y Dr. Pena, ha sido objeto de actos de vandalismo e intento de ingreso al mismo, por lo que quedo totalmente destruido, B) que el Gobierno Municipal “ G “ aprobó la cesión de materiales con el fin de reconstruir el salón comunal para ser utilizado en actividades sociales, Municipales y culturales. El cuidado Organización y mantenimiento del salón comunal estará a cargo de los vecinos organizados. SEGUNDO: El Gobierno Municipal “ G “ entrega en custodia a los vecinos organizados y a la Asociación Civil C.E.P.I.D. el salón comunal ubicado en el realojo cañada Jesús Maria hasta tanto se sustancie la concesión de uso definitivo del mismo. TERCERO: los vecinos organizados del realojo cañada Jesús Maria, los integrantes del Socat C.E.P.I.D. junto con la Comisión de Comodatos del Municipio G, se obligan al cuidado y conservación del local entregado en custodia con toda la diligencia del ”buen padre de familia“ y a desarrollar en el referido local exclusivamente las actividades sociales, culturales y Municipales, coordinando con otras instituciones de la zona interesadas en participar y llevaran actas de todas las actividades. Su funcionamiento sera regido por el reglamento de usufructo suscripto en la fecha. CUARTO: Asociación Civil C.E.P.I.D. Se hará cargo de los gastos de UTE y OSE, El Municipio “ G “ a través de la Comisión de Comodatos, controlara que este convenio se cumpla conforme a las condiciones establecidas . QUINTO: CONDICIÓN RESOLUTORIA: ( arts 1427 , 1428 y 1430 Código Civil ) El presente Convenio de Custodia quedara extinguido de pleno derecho : a) cuando alguna de las partes incumpla el mismo y b) cuando se celebre el contrato definitivo respecto al local dado en custodia Sexto : La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno ,por el solo vencimiento de los términos establecidos así como por la realización u omisión o cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. SÉPTIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes , se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. OCTAVO: Una vez celebrado el presente convenio se dará cuenta por parte del Gobierno Municipal al consejo Vecinal y al Gobierno Departamental para su control (literal IX articulo 24 Decreto No33209 ).-
        2.- Comuníquese a Secretaria General, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los vecinos organizados a los integrantes del Socat C.E.P.I.D. y cursese copia a la Comisión de Comodatos del municipio G, a fin de realizar los controles del presente Convenio, cumplido archívese.-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Antonio Correa,CONCEJAL