Resolución N° 24/16/0118
Nro de Expediente:
3340-005455-15
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/2/2016


Tema:
DONACIÓN

Resumen:
Donación Modal de $ 2.500.000 a Comisión Administradora de Complejo América por presupuesto participativo 2013

Montevideo, 24 de Febrero de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el reacondicionamiento de la Policlínica del Complejo América, propuesta ganadora del Presupuesto Participativo 2013;
      RESULTANDO: 1º) que se cree conveniente la realización de una donación modal por $ 2.500.000 (pesos uruguayos dos millones quinientos mil con cero centésimos,
      2º) que el Abogado Asesor de este Municipio Dr. Jorge Ache proporciona la letra de la mencionada donación modal,
      3º) que consultado el Gobierno Municipal se manifiesta de conformidad,

      CONSIDERANDO : 1º) que se debe solicitar al Departamento de Secretaría General propicie resolución del Sr. Intendente delegando la firma de la presente donación modal en el Sr. Alcalde Gastón Silva,
      2º) las competencias asignadas por la Resolución Nº 3230/15;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
      RESUELVE :
      1.- Aprobar el siguiente texto de Donación Modal:
      DONACIÓN MODAL: En la cuidad de Montevideo, el día del mes de de dos mil dieciséis, COMPARECEN: POR UNA PARTE: La INTENDENCIA DE MONTEVIDEO (en adelante I de M), RUT 211763350018 con domicilio en Avenida 18 de Julio Nro. 1360 de Montevideo, representada en este acto por , en su calidad de y POR OTRA PARTE: La COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL COMPLEJO AMÉRICA (en adelante La Institución) RUT constituyendo domicilio en representada por y en su calidad de siendo todos los nombrados orientales, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes: I) La presente donación se enmarca dentro del presupuesto participativo ciclo 2013- Ejecución 2015 por el cual la Intendencia viene promoviendo una modalidad de participación dentro de la cual los vecinos y vecinas del departamento hacen propuestas dirigidas a mejorar sus barrios, las que luego son seleccionadas mediante mecanismos de votación y finalmente son realizadas mediante recursos presupuestales previamente destinados a esos fines II) Fue elegida la propuesta correspondiente a Complejo América para la refacción y reacondicionamiento de la Policlínica de ASSE del Complejo América. III) La Institución propone la realización de las obras que se detallan en la Nota de fs. 6 a 8 del 12 de agosto de 2015, para lo cual solicita una donación que la Administración entiende conveniente otorgar. IV) La obra se realizará con materiales, personal y técnicos idóneos y con un técnico responsable de su realización y gestión, todo lo cual la Institución toma a su cargo proporcionar. SEGUNDO: OBJETO: La I de M dona a la Institución la suma total de pesos uruguayos dos millones quinientos mil ( $ 2.500.000) que se entregarán de la siguiente forma:
      TERCERO: MODO: A los efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en la Cláusula PRIMERA, la I de M impone a la Institución el cumplimento del siguiente modo: I) Ejecutar la obra objeto de la propuesta antes referida, consistente en: a) haciéndose cargo la Institución de la compra de materiales, herramientas y cualquier otro insumo, así como de la contratación de personal o de los servicios necesarios para la ejecución de la obra y de todos los costos, cargas, impuestos y aportaciones sociales que la misma devengan, debiendo registrar las obras en el Banco de Previsión Social teniendo a su cargo la gestión, liquidación y realización de los aportes ante dicho Organismo y los trámites necesarios ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Dirección General Impositiva, y gestionar el Permiso de Construcción ante el Servicio de Contralor de Edificaciones de la I de M, debiendo asimismo la Institución estar patrocinada durante el período de ejecución de la obra por el Técnico Responsable (Arquitecto o Ingeniero Civil), el cual será el único interlocutor válido durante la etapa de obra para la coordinación a realizarse con el área urbanística del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 12 y asumirá todas las tareas inherentes a su Dirección y Administración. II) Ejecutar la obra antes referida según el proyecto ejecutivo a presentarse ante el Área Urbanística del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 12, estando el contralor de la regularidad de las obras y certificación de los avances de obra a cargo de los técnicos (arquitectos) del referido Centro Comunal Zonal. III) Colocar un cartel de obra de acuerdo al diseño que entregará la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación. IV) Llevar los registros contables y seguir las normas de registración y control que la I de M determine. V) Proceder a la apertura de una cuenta bancaria a fin de efectuar a través de ella todos los movimientos de fondos (depósitos y pagos). VI) Presentar rendición de cuentas a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación para su remisión a la Contaduría General dentro de los treinta días de finalizada la obra, la que deberá rendir cuentas en los términos de la Resolución 4401/13 de fecha 30 de setiembre de 2013. VII) Cumplir con toda la legislación vigente en lo que tiene que ver con la relación que se trabe con los individuos que lleven adelante la ejecución del modo, contratando asimismo los seguros de accidente de trabajo y enfermedades profesionales necesarios y cumplir con las normas de seguridad en materia laboral. CUARTO: Aceptación y Plazo: La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior, debiendo cumplir con el cronograma de obras establecido en el proyecto ejecutivo y culminar las mismas en el plazo de a partir del comienzo de la construcción, pudiendo ser renovado por igual período, por única vez. QUINTO: Contralor del cumplimiento Modo : El seguimiento y control de la presente donación estará a cargo del Municipio G que controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo por medio de los técnicos del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 12 que presentará ante el Municipio un informe mensual a los efectos de la evaluación correspondiente:; II) las partidas de dinero que se entregarán de acuerdo a la cláusula SEGUNDA quedarán condicionadas a la autorización previa del Área Urbanística del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 12 quien controlará que se hubieren efectuado las etapas de obra correspondientes al avance de obra de acuerdo al cronograma previsto. III) las rendiciones de cuentas que se presenten de acuerdo a lo estipulado en la cláusula Tercera numeral VI. IV) que la Institución cumpla con toda la legislación nacional a que se refiere la claúsula Tercera apartado VII). SEXTO: Responsabilidad de la Institución: La Institución asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ésta y el personal y/o los profesionales contratados para la ejecución de las obras, así como las obligaciones que pudieran generarse con organismos estatales, respecto de las cuales la I de M es por completo ajena. Asimismo la Institución indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios municipales o a terceros, cuando se constatara la responsabilidad, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas correspondientes al cumplimiento del modo. SÉPTIMO. Mora automática: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO: Sanciones para el caso de incumplimiento : En caso de que la Institución no cumpla todas o algunas de las obligaciones que asume en este contrato o lo haga en forma tardía o parcialmente, deberá pagar las siguientes multas en concepto de cláusula penal, que serán acumulables : a) transcurridos treinta días corridos de incumplimiento la suma de U.R. 10 ( diez Unidades Reajustables) y b) transcurridos sesenta días corridos, una multa diaria de U.R.1 (una Unidad Reajustable), mientras dure el incumplimiento, NOVENO: Rescisión: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Institución, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la I de M. Se considerará que la Institución ha incurrido en incumpliendo, que amerite la rescisión cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la I de M que la Institución declara conocer y aceptar. DÉCIMO: Domicilios Especiales: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DÉCIMO PRIMERO: Comunicaciones: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio del telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización DÉCIMO SEGUNDO: Representación: La Institución acredita la representación invocada según certificado expedido por el Escribano el día
      2do.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y remítase al Departamento de Secretaría General solicitando propiciar resolución del Sr. Intendente delegando la firma de la presente donación modal en el Sr. Alcalde Gastón Silva, cumplido vuelva a este Municipio para la firma de la mencionada donación.-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Wilson Dutra,CONCEJAL

Manon Berrueta,CONCEJALA