Resolución N° 160/12/0118
Nro de Expediente:
0018-003065-12
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/9/2012


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACION BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) por falta de Habilitaciones Municipales de la Dirección Nacional de Bomberos respectivamente, al establecimiento destinado a restaurante, sito en Shakespeare Nº. 1646, propiedad del Sr. Ricardo Laso C.I. Nº. 1991615-9 - R.U.T. 216886780011, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución

Montevideo, 14 de Setiembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en Shakespeare Nº. 1646, propiedad del Sr. Ricardo Laso C.I. Nº. 1991615-9, R.U.T. 216886780011, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º) que el cuerpo inspectivo de Municipio intimo según orden de Servicio Nº. 07657, de fecha 26 de abril de 2012, a la presentación de las Habilitaciones correspondientes;
      2º) que ante el incumplimiento a lo intimado, se sugiere la aplicación de una multa de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) por falta de Habilitaciones Municipales de la Dirección Nacional de Bomberos respectivamente;
      CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º) que por las competencias asignadas por las Resoluciones Nº 3642/10 y Nº3797/10.
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
      RESUELVE
      1.- Aplicar multa de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) por falta de Habilitaciones Municipales de la Dirección Nacional de Bomberos respectivamente, al establecimiento destinado a restaurante, sito en Shakespeare Nº. 1646, propiedad del Sr. Ricardo Laso C.I. Nº. 1991615-9 - R.U.T. 216886780011, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector de Inspección General de este Municipio, a efectos de realizar la notificación correspondiente.-
GASTON SILVA,ALCALDE .-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL