Resolución N° 137/19/0118
Nro de Expediente:
2018-3350-98-000188
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/9/2019


Tema:
VARIOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de revocación interpuesto por el Consorcio Cooperativio SERCOOP contra Res. 3/19/0118 correspondiente a Adjudicación de L/A 345823 Barrido de calles C.C.Z. 13 y C.C.Z. 12.

Montevideo, 4 de Setiembre de 2019.-
 
      VISTO:el Recurso de Revocación y Jerárquico interpuesto por el Consorcio Cooperativo SERCOOP sociedad de hecho contra la Res. 3/19/0118;
      RESULTANDO: 1) que el Abogado Asesor del Municipio G, Dr. Jorge Ache en actuación 95 del expediente informa que corresponde no hacer lugar al Recurso de Revocación y elevar el Recurso Jerárquico a la División Asesoría Jurídica dado que la Administración actuó conforme a derecho adjudicando a la Cooperativa Social Vos con Voz la L/A 345823/1;
      2) que según lo manifestado en el mencionado informe la licitación fue adjudicada de acuerdo a lo establecido en los Artículos 12 y 15 Pliego Particular de Condiciones, 10.1 y 10.4 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales y en el Art. 149 deL TOCAF,
      CONSIDERANDO: 1) las competencias asignadas por Resolución Nº 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.-No hacer lugar al Recurso de Revocación interpuesto por el Consorcio Cooperativo SERCOOP Sociedad de Hecho contra la Res. 3/19/0118 por los motivos esgrimidos en la parte expositiva.-








      2.- Pase por su orden al Despacho de este Municipio para realizar la notificación correspondiente y a la División Asesoría Jurídica para atender el Recurso Jerárquico.-
Gastón Silva, Alcalde .-

Bolivar Dutra,Concejal