Resolución N° 198/23/0116
Nro de Expediente:
2016-3270-98-000199
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/10/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 25 U.R. a la empresa Irmari Ltda., propietaria del establecimiento ubicado en la calle Felipe Sanguineti No. 2392, por falta de habilitaciones municipales.

Montevideo, 4 de Octubre de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a mezcla, envasado y depósito de artículos de limpieza y tocador ubicado en la calle Felipe Sanguineti No. 2392, propiedad de la empresa Irmari Ltda., RUT 211 165 890 019;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones municipales correspondientes, por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 25 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 25 U.R. (veinticinco unidades reajustables) a la empresa Irmari Ltda., RUT 211 165 890 019, propietaria del establecimiento comercial destinado a mezcla, envasado y depósito de artículos de limpieza y tocador, ubicado en la calle Felipe Sanguineti No. 2392, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL