Resolución N° 167/19/0116
Nro de Expediente:
2019-1238-98-000035
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a la empresa unipersonal Fernando Mainordi, propietaria del establecimiento destinado a ferretería, sito en la Av. Mca. Fco. Solano López Nº 1814, por carecer de las habilitaciones correspondientes a Microempresa.

Montevideo, 11 de Setiembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a ferretería, sito en la Av. Mcal. Fco. Solano López Nº 1814 bis, propiedad de la empresa unipersonal Fernando Mainordi, R.U.T 216894970010, C.I Nº 3.477.358-8;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones correspondientes a Microempresa, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º del Decreto Nº 21.626, Sec. XIII, del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa unipersonal Fernando Mainordi, R.U.T 216894970010, C.I Nº 3.477.358-8, propietaria del establecimiento destinado a ferretería, sito en la Av. Mcal. Fco. Solano López Nº 1814 bis, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL