Resolución N° 202/15/0116
Nro de Expediente:
3270-009595-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/7/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multas U.R. 8 al local destinado a taller mecánico, sito en la calle Dionisio Oribe N° 3410, perteneciente al Sr. Daniel Melo.-

Montevideo, 29 de Julio de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Dionisio Oribe No. 3410, propiedad del Sr. Daniel Melo, C.I. 1.915.464-6, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nº 113/11/0116 de fecha 14/IV/2011 y su modificativa Nº 186/11/0116 de fecha 02/VI/2011 y Resolución Nº 92/14/0116 de fecha 26/VI/2014) no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitaciones Municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas)- 2ª Reincidencia;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 8 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Daniel Melo, C.I. 1.915.464-6, con domicilio a los efectos legales en la calle Dionisio Oribe No. 3410, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

SUSANA CAMARÁN,CONCEJAL