Resolución N° 166/18/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000122
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/8/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a Tarleo S.A., propietaria del establecimiento destinado a venta de indumentaria deportiva, sito en la Avda. Italia Nos. 3919/21, por falta de habilitación de los Servicios de Locales Comerciales e Industriales y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 1ra. Reincidencia.

Montevideo, 1 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de indumentaria deportiva, sito en la Avda. Italia Nos. 3919/21, propiedad de Tarleo S.A., RUT 212251560011;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación de los Servicios de Locales Comerciales e Industriales y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a Tarleo S.A., RUT 212251560011 propietaria del establecimiento destinado a venta de indumentaria deportiva, sito en la Avda. Italia Nos. 3919/21, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL