Resolución N° 176/13/0116
Nro de Expediente:
3280-014664-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/8/2013


Tema:
MULTA - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7 a la firma Nalcor S.A. por preparar mezcla en la calzada.-

Montevideo, 22 de Agosto de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la obra sita en la calle Almería N° 4616, perteneciente a la firma Nalcor S.A., R.U.T. 213289160019, con domicilio a los efectos legales en la calle Costa Rica N° 2075;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, el día 26/X/12, se pudo comprobar que se preparó mezcla en la calzada.
        2o.) que habiendo presentado descargos, los cuales no son de recibo, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7 al titular de la firma obrados, por infracción a lo dispuesto por el Art. 4, Literal B, Numeral 8 del Decreto N° 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la firma Nalcor S.A., R.U.T. 213289160019, responsable de la obra sita en la calle Almería N° 4616, con domicilio a los efectos legales en la calle Costa Rica N° 2075, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)