Resolución N° 194/13/0116
Nro de Expediente:
3280-002538-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/9/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 y otra de U.R. 15 al local destinado a compra y venta de vehículos nuevos y usados, ubicado en la Avda. Estanisla López N° 4751, perteneciente a la empresa Unipersonal Alejandro Baccino.-

Montevideo, 19 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a compra y venta de vehículos nuevos y usados, sito en la Avda. Estanislao López No. 4751, propiedad de la empresa unipersonal Alejandro Baccino, C.I. 1.696.143-0, R.U.T. 215202340016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución N° 195/12/0116 de fecha 27/IX/12), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante de Habilitaciones Municipales (Contralor de la Edificación) y de la Dirección Nacional de Bomberos (1ra Reincidencia);
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 y otra de U.R. 15 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la empresa unipersonal Alejandro Baccino, C.I. 1.696.143-0, R.U.T. 215202340016, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Estanislao López No. 4751, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA (I).-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL