Resolución N° 147/13/0116
Nro de Expediente:
3280-017339-10 3280-011244-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/7/2013


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicra una multa de U.R. 24,7350 a la firma Bellum S.A., R.U.T. 216934230012, propietaria del inmueble demolido de la rambla O´Higgins N° 5215, por incumplimiento en la ejecución de la impermeabilización del muro medianero con el padrón 61454.-

Montevideo, 19 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, relacionadas con la orden de demolición del padrón N° 95898, ubicado en la Rambla O´Higgins N° 5215, propiedad de la firma Bellum S.A., R.U.T. 216934230012, con domicilio a los efectos legales en la calle Solano García N° 2575, oficina 202;
        RESULTANDO: 1o.) que el mencionado Servicio informa que se han observado perjuicios en la medianera con el padrón 61454, por lo cual se procedió a notificar a la firma propietaria del inmueble demolido a las reparaciones necesarias, las cuales no fueron reparadas ni se presentó descargo;
        2o.) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 eleva las actuaciones, solicitando la aplicación de una multa de U.R. 24,7350 según Decreto 21.626, Sección II, artículo 3, inc. 12, numeral 13, por incumplimiento en la ejecución de la impermeabilzación del muro lindero con el padrón N° 61454;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 24,7350 (Unidades Reajustables veinticuatro con siete mil trescientas cincuenta diezmilésimas) a la firma Bellum S.A., R.U.T. 216934230012, propietaria del inmueble demolido ubicado en la Rambla O´Higgins No. 2248, con domicilio a los efectos legales en la calle Solano García N° 2575, oficina 202, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)