Resolución N° 197/21/0116
Nro de Expediente:
2017-3280-98-000481
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/10/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 5 a la empresa unipersonal Nicolás Ignacio Mezzeta Maino, propietario del local destinado a pizzería y parrillada, por no dar cumplimiento con la presentación de póliza de seguros y declaración jurada anual del mantenimiento de las condiciones que fue otorgada por Permiso de entarimado gastronómico por Res. Nº 108/18/0116 de fecha 06/06/2018.-

Montevideo, 20 de Octubre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7, relacionadas con la autorización de entarimado gastronómico, ocupando una superficie con sillas sobre entarimado en acera de 6,64 m2 y entarimado en calzada de 9,87 m2, otorgado por Res. Nº 108/18/0116 de fecha 06/06/2018 a la empresa unipersonal Nicolás Ignacio Mezzeta Maino, propietario del establecimiento destinado a pizzería y parrillada, ubicado en la calle Orinoco Nº 5088, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó al responsable a dar cumplimiento a la póliza de seguros y Declaración Jurada Anual del mantenimiento de las condiciones conforme fue otorgado el Permiso por Res. Nº 108/18/0116 de fecha 06/06/2018;
        2o.) que de las inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 surge que no se dio cumplimiento a lo intimado;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R 5 al titular de obrado, por infracción a lo dispuesto en el Art. D 2346.11 del Volumen X del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;




        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la empresa unipersonal Nicolás Ignacio Mezzeta Maino, C.I. 4.751.390-7, R.U.T. 217772260017, destinada a pizzería y parrillada, ubicada en la calle Orinoco Nº 5088, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJALA