Resolución N° 102/13/0116
Nro de Expediente:
0016-001479-13 0016-000634-12 0016-000833-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/5/2013


Tema:
REITERACION DE GASTOS

Resumen:
Reiterar el gasto dispuesto por Res. N° 59/12/0116 de fecha 04/IV/13 a favor de la Asociación Civil Acción Promocional, 18 de Julio.-

Montevideo, 24 de Mayo de 2013.-
 
          VISTO: que por Resolución N° 59/13/0116 de fecha 04/IV/13 se dispuso renovar a partir del 2 de julio de 2013, por el término de 1 (un) año, la Donación Modal celebrada entre este Municipio y la Asociación Civil Acción Promocional, 18 de Julio;
          RESULTANDO: que el Tribunal de Cuentas de la República, por E.E. N° 2013-17-1-0002332, Ent. 2049/13, consideró: a) que la renovacón deriva de un gasto observado oportunamente por el Tribunal en mérito "a que si bien se realizó un llamado a distintas Organizaciones No Gubernamentales no se trata del procedimiento especial no habilitado por el Artículo 34 del T.O.C.A.F." y b) que el "donante ejerza un acto de liberalidad y que el modo o ganancia impuesto y apreciable en dinero no sea equivalente al valor del objeto donado";
          CONSIDERANDO: 1o.) que según dictamen de la Asesoría Jurídica sobre este tema, el contenido de los contratos que la Intendencia suscribe con distintas organizaciones sociales bajo la denominación de "donación modal" se ajusta a la naturaleza jurídica del contrato de donación. Se trata de un instrumento jurídico que se utiliza con el fin de ejecutar las políticas sociales que lleva adelante la Administración Municipal, para lo cual ejerce un acto de liberalidad pero no se agota en una mera liberalidad, sino que requiere el cumplimiento de ciertas obligaciones - no equivalentes- a cargo de la institución beneficiaria o donataria, que constituye precisamente el modo y que suponen normalmente el desarrollo de programas de asistencia que contribuyen a la reinserción educativa, laboral y social de los destinatarios finales de tal liberalidad; 2o.) lo previsto en los artículos 211°, inciso B) de la Constitución de la República y 97° del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
          EL GOBIERNO MUNICIPAL E
          RESUELVE:
          1. Reiterar el gasto dispuesto por Resolución N° 59/12/0116 de fecha 04/IV/13 a favor de la Asociación Civil Acción Promocional, 18 de Julio.-
          2. Se dispone la reiteración del gasto en virtud del fundamento expresado en el Considerando 1° de la presente Resolución.
          2. Comuníquese a los Servicios Centros Comunales Zonales Nos. 6, 7 y 8 y pase a la Contaduría General.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL