Resolución N° 17/25/0116
Nro de Expediente:
2021-3270-98-000018
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/1/2025


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Se aplica una multa de 5 U.R. a la Sra. Perla Patricia Olivera Curbelo y Sr. Pablo Daniel López Scavone, C.I. Nº 4.440.936-7 y C.I. Nº 3.712.514-0 respectivamente, por falta de mantenimiento e higiene de la vereda en predio ubicado por calle Diego Velázquez, correspondiente a los fondos del Padrón Nº 66592, sito en la calle Espronceda Nº2293.

Montevideo, 22 de Enero de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de mantenimiento e higiene de vereda por calle Diego Velázquez, correspondiente a los fondos del Padrón Nº66592, sito en la calle Espronceda Nº2293, propiedad de los Sres.: Perla Patricia Olivera Curbelo y Pablo Daniel López Scavone, C.I. Nos: 4.440.936-7 y 3.712.514-0 respectivamente;
        RESULTANDO: 1º) que se intimó a los propietarios a realizar el mantenimiento e higiene del lugar en cuestión;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 5 U.R. según Digesto Departamental Vol. VII, Parte L, Título II, Cap. V, Art. D. 2213, Inciso a (no comparecer a gestionar el permiso en plazo);
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) a los Sres.: Perla Patricia Olivera Curbelo y Pablo Daniel López Scavone, C.I. Nos: 4.440.936-7 y 3.712.514-0 respectivamente, por falta de mantenimiento e higiene de vereda por calle Diego Velázquez, correspondiente a los fondos del Padrón Nº66592, sito en la calle Espronceda Nº2293, con domicilio a los efectos legales en la calle Gualeguay Nº3374/1013.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL