Resolución N° 147/22/0116
Nro de Expediente:
2022-3290-98-000085
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/8/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a la empresa Galusso Bosca Ltda., propietaria del establecimiento comercial destinado a marmolería, ubicado en Cno. Carrasco Nº 5126, por carecer de las habilitación municipales correspondientes (Habilitación Comercial, Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Domiciliarios y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas).-

Montevideo, 17 de Agosto de 2022.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a marmolería, ubicado en Cno. Carrasco Nº 5126, Padrón 401905, propiedad de la empresa Galusso Bosca Ltda., RUT 210 309 070 015;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitación municipales correspondientes (Habilitación Comercial, Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Domiciliarios y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto el Decreto 21.626, Sec XIII, Art. 14, inc a;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la empresa Galusso Bosca Ltda., RUT 210 309 070 015, propietaria del establecimiento comercial destinado a marmolería, ubicado en Cno. Carrasco Nº 5126, Padrón 401905, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL