Resolución N° 177/14/0116
Nro de Expediente:
3280-016897-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2014


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 a la empresa Tipowato S.R.L., R.U.T. 213811170017, por no haber realizado la vereda en el predio ubicado en la calle Samuel Blixen entre Mariscala y Santana (1era. Reincidencia).-

Montevideo, 12 de Junio de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con vereda en mal estado en el predio ubicado en la calle Samuel Blixen entre Mariscala y Santana, Padrón N° 415892, de la cual es propietaria y tiene la posesión del Padrón la empresa Tipowato S.R.L., R.U.T. 213811170017, con domicilio a los efectos legales en la calle Juncal 1327 Apto. 1403;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 intimó a la empresa titular de obrados a la reparación de la vereda (1era. Reincidencia);
        2o.) que en inspección profesional se constató que no se dió cumplimiento a lo notificado, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 10 (Unidades Reajustables diez), según Art. D 2179 del Volumen VII, Titulo II, de Las Veredas, del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10; EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la empresa Tipowato S.R.L., R.U.T. 213811170017, quièn es propietaria y tiene la posesión del Padrón Nº 415892, ubicado en la calle Samuel Blixen entre Mariscala y Santana, padrón N° 415892, por no haber realizado la reparación de vereda (1era. Reincidencia) del predio en cuestión, con domicilio a los efectos legales en la calle Juncal N° 1327 Apto. 1403, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

CARLOS SALAVERRY,CONCEJAL (I)