Resolución N° 218/17/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000096
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/9/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 25 U.R. a la empresa Santiago Walter Pereira Marín y Víctor Hebert San Martín, propietaria del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras, sito en la calle Colombes Nº 1438, por falta de las habilitaciones (Declaración Jurada-Microempresa) - 3ra Reincidencia.

Montevideo, 20 de Setiembre de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de frutas y verduras, sito en la calle Colombes Nº 1438, propiedad de la empresa Santiago Walter Pereira Marín y Víctor Hebert San Martín, C.I. Nos. 2.694.496-7 y 2.826.832-1 respectivamente, RUT 217089040012;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones (Declaración Jurada- Microempresa) - 3ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 25 U.R., en virtud de lo dispuesto en los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 25 U.R. (veinticinco unidades reajustables) a la empresa Santiago Walter Pereira Marín y Víctor Hebert San Martín, C.I. Nos. 2.694.496-7 y 2.826.832-1 respectivamente, RUT 217089040012, propietaria del establecimiento destinado a venta de frutas y verduras, sito en la calle Colombes Nº 1438 con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE .-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL