Resolución N° 169/24/0116
Nro de Expediente:
2019-3290-98-000290
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/8/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplican 19 multas de 4 U.R. cada una y una de 2 U.R a la empresa Perlisol S.A., propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Costa Rica Nº 1690, por instalación de mesas y sillas en la vía pública.

Montevideo, 28 de Agosto de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Costa Rica Nº 1690, propiedad de la empresa Perlisol S.A., RUT 215078110018;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento instaló sin permiso mesas y sillas en la vía pública, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar 19 multas (1 por cada mesa instalada) de 4 U.R. y otra de 2 U.R en virtud de lo dispuesto por Decreto Nº 21.626 Sección I, Art. 2º, numeral 5, ítem a);
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar 19 (diecinueve) multas de 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) cada una y una multa de 2 U.R (dos unidades reajustables) a la empresa Perlisol S.A., RUT 215078110018, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Costa Rica Nº 1690, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL