Resolución N° 129/12/0111
Nro de Expediente:
3360-008810-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/7/2012


Tema:
NO HACER LUGAR AL RECURSO

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Alicia Juana Salaberry Perini, titular de la C.I. 1.143.643-6, contra el informe de fecha 07 de octubre de 2011.

Montevideo, 19 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: el recurso de reposición y apelación en subsidio interpuesto por la Sra. Alicia Juana Salaberry Perini, titular de la C.I. 1.143.643-6, contra el informe de fecha 07 de octubre de 2011 del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14, donde se intimara a realizar los trabajos necesarios en azotea de la finca sita en la calle Emilio Romero Nº 263 a efectos de devolver las condiciones de habitabilidad a la misma;
        RESULTANDO: 1o.) que los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma (Art.4º de la ley 15869), por lo que no existen reparos desde el punto de vista formal;
        CONSIDERANDO: 1o.) lo dictaminado por el Abogado Asesor Dr. Walter Bomio a fs. 69 y 69 vta, concluyendo, que en consecuencia, el procedimiento cumplido fue ajustado a la normativa vigente y las consideraciones vertidas en el escrito de impugnación no son de recibo ;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Alicia Juana Salaberry Perini, titular de la C.I. 1.143.643-6, contra el informe de fecha 07 de octubre de 2011, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Pase a la Asesoría Jurídica a fin de que se expida respecto de la apelación,. interpuesta en subsidio.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A