Resolución N° 162/14/0111
Nro de Expediente:
3360-011645-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/8/2014


Tema:
MULTA OCUPACION DE VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho), a la Empresa Unipersonal Vanessa Gelezoglo, C.I. 4.555.991, R.U.T. 21 663063 0010, responsable de la vereda frente al local sito en Avda. Carlos María Ramirez No. 832, denominado "Lo de Nando"

Montevideo, 2 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de vereda con cartelería frente al local denominado Lo de Nando" sito en Carlos María Ramírez No. 832, del cual es responsable la Empresa unipersonal Vanessa Gelezoglo, C.I. 4.555.991, R.U.T. 21 663063 0010;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 intimó al retiro de la cartelería que obstaculizaba el paso peatonal, en la vereda frentista al predio de su responsabilidad, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 8 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 2, numeral 11, sección I del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho), a la Empresa Unipersonal Vanessa Gelezoglo, C.I. 4.555.991, R.U.T. 21 663063 0010, responsable de la vereda frente al local sito en Avda. Carlos María Ramírez No. 832, denominado "Lo de Nando", por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A