Resolución N° 160/13/0111
Nro de Expediente:
3360-009847-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/7/2013


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar 2 (dos) multas de U.R. 1 (unidades reajustables una) cada una, a la Señora Renée Mary Pregliasco Cabrera, C.I. 1.062.481-4, titular de los predios empadronados con los No. 39046 y 405742, ubicados en la Calle Julián Laguna 5730 y 5726 respectivamente

Montevideo, 12 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza de los predios empadronados con los números 39046 y 405742, ubicados en la Calle Julián Laguna Nos. 5730 y 5726 respectivamente, de los cuales es titular la Señora Renée Mary Pregliasco Cabrera, C.I. 1.062.481-4, con domicilio a las efectos legales en la Calle Julián Laguna No. 5730;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 14 surge que los padrones No.39046 y 405742 carecen de limpieza, intimando al titular a proceder a limpiar ambos terrenos;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de 2 (dos) multas de U.R. 1 cada una a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Artículo 4º, Literal B, Numeral 19 S Sección III del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar 2 (dos) multas de U.R. 1 (unidades reajustables una) cada una, a la Señora Renée Mary Pregliasco Cabrera, C.I. 1.062.481-4, titular de los predios empadronados con los Nos. 39046 y 405742, ubicados en la Calle Julián Laguna Nos. 5730 y 5726 respectivamente, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución;
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal ,Concejal Municipal-Municipio A