Resolución N° 235/12/0111
Nro de Expediente:
3410-007046-11
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/11/2012


Tema:
MULTA VERTIMIENTO LIQUIDOS RESIDUALES

Resumen:
Aplicar una multa de 4.9470 U.R. (cuatro unidades reajustables con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas) a Centro de Producción Sanitaria del Centro Uruguayo de Asistencia Médica (CUDAM), R.U.T. 21 444772, responsable de la finca sita en Avda. Luis Batlle Berres Nº. 6651

Montevideo, 20 de Noviembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vertimiento de aguas servidas a la vía pública linderas del inmueble sito en la Avda. Luis Batlle Berres Nº. 6651, responsabilidad de Centro de Producción Sanitaria del Centro Uruguayo de Asistencia Médica (CUDAM), R.U.T. 21 444772 0018, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 18, solicitó en repetidas oportunidades a la responsable de la finca a cesar con los vertimientos en la vía pública;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 4,9470 U.R., según lo que establece el Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4.9470 U.R. (cuatro unidades reajustables con nueve mil cuatrocientas setenta diezmilésimas) a Centro de Producción Sanitaria del Centro Uruguayo de Asistencia Médica (CUDAM), R.U.T. 21 444772 0018, responsable de la finca sita en Avda. Luis Batlle Berres Nº. 6651, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 para la notificación a la infractora .-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A